Permisos Afecto a Leyes Especiales

Ley Lisiados (Ley Nº 17.238)

  • Declaración de Importación que señale estar acogido a la Ley 17.238
  • Inscripción Registro Civil.
  • Resolución del Ministerio de Hacienda, autorizando importación del vehículo
  • Resolución COMPIN.
  • Revisión Técnica, Análisis de Gases o Certificado de Homologación, Seguro Automotriz, SOAP.
  • El vehículo no puede ser transferido, ni ceder su uso o goce. La tramitación del Permiso de Circulación debe ser en módulo de atención de Dirección de Tránsito.

Vehículo con liberación aduanera Ley N° 13.039, art. 35

Favorece a los residentes con único domicilio en la 1ª ó XV regiones que se trasladen definitivo al resto del país, Particulares, Funcionarios Públicos y de Fuerzas Armadas, Personal de la Defensa Nacional (Misiones Antártica).

Requisitos

  • Declaración de Importación (DIPS)
  • Solicitud primera inscripción
  • Permiso de Circulación año anterior (vehículo usado)
  • Factura del Vehículo
  • Revisión Técnica, Análisis de Gases u Homologación, Seguro Obligatorio vigente, SOAP.
  • Cancelan sobre el 50% del valor tasación.

Funcionarios Ministerio de Relaciones Exteriores Ley N° 3.063 art. 13

  • Cancelan sobre el 50% del valor de la tasación, sujeto a prohibición de enajenar o ceder su uso y goce dentro de los dos años siguientes a la fecha de la resolución.